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Ordenanza Sobre Control de Animales en Espacios Públicos
11 nov 2021 | Comunicado a la Opinión Pública


Desde la Protectora de Animales “San Francisco de Asís” se dio a conocer anoche un comunicado a la opinión pública, en el que se analizan diferentes puntos referidos a la Ordenanza sobre control de animales en espacios públicos. 

Referente a esto, se indica que “en primer lugar queremos contarles que nos enteramos de la Ordenanza y su contenido a través de las redes, puntualmente desde la página de un edil del Frente Amplio. Allí se expresaba una notoria euforia por la aprobación unánime de ésta, en la junta Departamental de Soriano.

En segundo lugar, deseamos aclarar, que no fuimos convocados en ningún momento por la Comisión de Legislación durante el debate de la misma. Entendemos que no tenían que hacerlo, sin embargo, consideramos que una ONG dedicada justamente a la defensa de los animales desde hace 30 años en el medio, con un gran apoyo de la población, podría haber sumado conceptos e ideas para que esta ordenanza fuese una solución para todos los involucrados, no sólo animales humanos sino también animales no humanos. Coincidimos en algunos artículos y en otros creemos que en vez de fomentar una tenencia responsable, de acuerdo a la ley 18.471, se contradice y promueve el “abandono”.

En el artículo 3: ‘Todo poseedor de animales deberá’: inciso d: ‘entregarlo en los albergues de captura antes de abandonarlos en lugares públicos o privados’. Esto claramente no va en la misma línea que la ley de bienestar animal y tenencia responsable.

Entendemos por un lado los reclamos de algunos ciudadanos por animales sueltos que pueden provocar accidentes, ensuciar, entre otras cosas. También entendemos que hay muchas familias responsables, que tienen sus mascotas como parte de su familia y  ya no podrán disfrutar de un paseo o una tarde amena en ciertos espacios como hoy en día. 

Nosotros velamos por la vida de todos ellos, nacimos como ONG para defenderlos justamente de los humanos que los excluyen y desmerecen, por lo tanto no podemos estar de acuerdo con una ordenanza de esta talla que los condena aún más, que inclina más la balanza para el egoísmo, que para la igualdad de nuestros mejores amigos. 

Creemos que sí hay que sancionar de alguna manera a tenedores irresponsables, pero también creemos que sólo un plan de castración masiva, obligatoria y gratuita, de la mano de campañas educativas, sería el único camino posible y el más sano, para erradicar el mal llamado, perro callejero.

El artículo 11 relata que una vez capturados los animales serán mantenidos por un lapso determinado de días, si es reclamado el animal volverá con su familia, después de haber abonado cierta suma de dinero, y si no es reclamado, será entregado “a cualquier tercero”. Primero consideramos que hay que ser riguroso en cuanto a la esterilización, castrar sea cual sea la situación; segundo es irreal pensar que habrá adoptantes para todos si es que a eso se refieren con “terceros”. Nos preguntamos; ¿qué pasará con esos perros que no sean reclamados y tampoco adoptados? ¿Cuál será el albergue que se haga cargo de ellos? ¿Qué recursos hay para darle vida digna a esos animales mientras vivan allí? 

Dan dos meses de plazo para que la ordenanza sea ejecutada. ¿Qué albergue puede estar preparado y en condiciones en dos meses para recibir cientos de animales? Y no sólo eso, sino que cumplan con la ley 18.471 como claramente especifica en su artículo 6. Nos seguimos preguntando: ¿Habrá personal capacitado para la captura de los animales? ¿O volveremos a la improvisación?, ¿Habrá un traslado, espacioso donde se cuide la integridad de los animales?, ¿Habrá personal suficiente para el control de los animales en la vía pública, así como también para los que estén en el albergue, en el predio para grandes animales y el de pastoreo comunitario en cada localidad del departamento? 

El último artículo que mencionaremos, pero el que más nos preocupa, es el número 14, el mismo establece el sacrificio de animales con ciertas características, por ejemplo  de aquellos que “sean portadores de enfermedades transmisibles al hombre”. Sabemos que estas enfermedades técnicamente denominadas enfermedades zoonóticas, incluyen una serie de patologías completamente curables con el adecuado tratamiento (ejemplo: Sarna) y que no necesariamente se contagiará siempre al humano, ya que el parásito (ácaro) no siempre será compatible con la piel humana, además de que sólo se contagiará si la persona tiene contacto directo, sin protección con el animal afectado.

Consideramos que el tiempo establecido para aplicar la ordenanza es totalmente insuficiente para educar y llegar a toda la población sorianense e informar sobre la misma. 

Son muchas las interrogantes; nos preocupa que no se hubiese tenido en cuenta realizar una buena campaña educativa sobre tenencia responsable, es el pilar fundamental para reducir el abandono y castrar.

Con todo respeto invitamos a los ediles a rever algunos artículos de la ordenanza, que creemos no ayuda a avanzar como país, a insistir por la tenencia responsable y reconsiderar la exigencia de la patente hasta superar la crisis que atraviesa nuestro país, teniendo en cuenta que hay muchísimas familias sin trabajo que difícilmente puedan cumplir con este requisito. Como siempre, estamos a las órdenes para sumar”. 

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